Es una suma de dinero que se paga por el período en que un trabajador haya estado con licencia médica, y cuya finalidad es reemplazar la remuneración o renta que deja de percibir mientras está enfermo.
El Subsidio por Incapacidad Laboral (SIL) es un monto en dinero que se entrega trabajadores con licencia médica en reemplazo de su remuneración. Revisa a continuación quiénes pueden acceder a este beneficio.
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¿Quiénes pueden acceder al Subsidio por Incapacidad Laboral?
El SIL se paga a trabajadores dependientes o independientes que hayan presentado licencia médica por accidente del trabajo o de trayecto (licencia médica tipo 5) o por enfermedad profesional (licencia médica tipo 6).
Los trabajadores dependientes deben cumplir los siguientes requisitos:
- Contar con licencia médica debidamente autorizada.
- Tener seis meses de afiliación previsional anteriores al mes en que se inicia la licencia.
- Tener tres meses de cotización dentro de los seis meses anteriores a la fecha inicial de la licencia médica.
- Los trabajadores contratados por día, por turnos o jornadas, el requisito de la cotizaciones puede rebajarse a un mes de cotizaciones continuas o discontinuas dentro de los 180 días anteriores a la licencia médica.
- Tener un contrato de trabajo vigente.
Los trabajadores independientes deben cumplir los siguientes requisitos:
- Contar con licencia médica autorizada.
- Tener 12 meses de afiliación a salud anteriores al mes en el que se inicia la licencia.
- Tener al menos seis meses de cotizaciones continuas o discontinuas dentro del período de doce meses de afiliación a salud, anteriores al mes en que se inició la licencia.
- Estar al día en el pago de las cotizaciones.
¿Cómo hacer el trámite?
El trámite lo puede hacer el empleador o el trabajador. Cualquiera de los dos debe presentar la licencia médica en las dependencias del Instituto de Seguridad Laboral o estar adscritos en los operadores de emisión de Licencia Médica Electrónica.
Una vez que se recepción la licencia esta será tramitada en la COMPIN correspondiente y cuando sea pronunciada se realizará el cálculo de subsidio y luego el pago.
Cabe destacar que el Subsidio por Incapacidad Laboral cubre desde el primer día de la licencia médica del trabajadora si es que es superior a 10 días o desde el cuarto día si es igual o inferior a 10 días.
¿Cuál es el monto?
El monto varía persona a persona, pero no puede ser inferior a la trigésima parte del 50% del ingreso mínimo mensual para fines no remuneracionales.