accidente de trabajo

Lo que debes saber sobre los Accidentes de Trabajo

Constituye un accidente del trabajo toda lesión que un trabajador(a) sufra a causa o con ocasión de su trabajo y que le produzca una incapacidad (temporal o permanente) o la muerte.

Los trabajadores/as en caso de sufrir un accidente a causa o con ocasión del trabajo, tendrán derecho a la cobertura del seguro de la Ley N°16.744. Las cotizaciones para el financiamiento de ese seguro deben ser pagadas mensualmente por los empleadores al Instituto de Seguridad Laboral (ISL) o a una mutualidad de empleadores (ACHS, IST, MUSEG). Los trabajadores/as independientes deberán enterar esas cotizaciones en la forma y oportunidad establecidas en los artículos 88 y 89 de la Ley N°20.255, según corresponda.

La Ley N° 16.744 establece que los elementos que definen un accidente del trabajo son:

  • Una lesión

Daño ocasionado por alguna herida o golpe, por alguna enfermedad o dolencia, etc. Para los efectos del accidente del trabajo no interesa la extensión o profundidad del daño, sino sólo su existencia, el que puede referirse tanto a un daño físico como de salud mental.

  • La relación causalidad entre el trabajo y la lesión

Es requisito indispensable para calificar un accidente como del trabajo, que exista una relación de causalidad, al menos indirecta, entre el trabajo desarrollado y la lesión producida.

  • La incapacidad o muerte del accidentado(a)

La incapacidad se refiere a que el accidente le impida al trabajador(a) efectuar su labor habitual.